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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Todas las personas económicamente activas en Panamá deben contar con un Número de Identificación Tributaria (NIT), el cual oficializa su inscripción y permanencia en el sistema oficial de pago de tributo. Debido a su importancia legal, aquí te explicamos en qué consiste el procedimiento y cuáles son los pasos a seguir.

Cómo obtener el Número de Identificación Tributaria (NIT) en Panamá

¿Qué es el NIT?

La Dirección General de Ingresos (DGI) de Panamá cuenta con un registro oficial de todas las personas jurídicas que realizan una actividad económica en el territorio nacional. La inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) otorga el NIT, que será la identificación oficial de cada persona para efectos legales.

El fundamento legal de este trámite lo constituye la Resolución No. 201-2579 con fecha del 03/05/2017.

Modalidades y requisitos

Existen 2 modalidades principales para la realización de este trámite. A continuación, exponemos cada una.

1. MODALIDAD DE PERSONA NATURAL

En esta modalidad pueden inscribirse ciudadanos panameños, extranjeros o personas jurídicas o compañías en alguno de ambos casos.

Requisitos

  • Formulario para el inicio del trámite, el cual puede obtenerse en la sede central y las oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos.
  • • Fotocopia de la Cédula de Identidad vigente.
  • • Fotocopia de recibo de pago de servicio de agua, teléfono o luz.
  • • En caso de que el solicitante no se pueda presentar directamente para dar inicio al trámite, el procedimiento se puede hacer mediante un apoderado legal, el cual deberá estar debidamente identificado por el poder notarial que avala la representación de la persona en cuestión.

Forma de tramitación

Los documentos solicitados se deben presentar de manera personal en la oficina central o en alguna de las oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos. El horario de atención es de lunes a viernes de 8.00 de la mañana a 16.00 horas. El trámite es gratuito.

2. MODALIDAD DE PERSONA JURÍDICA

A ella pueden aplicar ciudadanos panameños, extranjeros y personas jurídicas o compañías en alguno de ambos casos.

Requisitos

  • Formulario de inicio de trámite. Se puede obtener en la oficina central o en las oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos.
  • • Fotocopia autenticada del pacto social previamente inscrito en el Registro Público de Panamá. También se puede presentar el certificado original o la fotocopia debidamente autenticada emitida por el Registro Público de Panamá, que avale la existencia del primero, en caso de que no se cuente con dicho documento.
  • Original del aviso de operaciones. Aquellas sociedades establecidas después del 2016 y aquellas sociedades que tengan como finalidad preservar bienes inmuebles no necesitan presentar este documento.
  • • Fotocopia de la Cédula de identidad o del Pasaporte vigente de la persona que haga de representante legal.
  • • En caso de que el trámite sea realizado mediante un representante o apoderado legal, este debe presentar el poder notarial correspondiente. Cuando los abogados se presenten junto al solicitante no es necesario que se tramite o presente el poder notarial para ninguno de sus acompañantes.

Forma de tramitación

Los documentos solicitados se deben presentar de manera personal en la oficina central o en alguna de las oficinas regionales de la Dirección General de Ingresos. El horario de atención es de lunes a viernes de 8 de la mañana a 4 de la tarde. Este trámite también se puede realizar online en la página oficial de la sede central de la DGI. El trámite es gratuito.

Ahora ya sabes

Como puedes apreciar, la inscripción en el Registro Único de Contribuyentes es un trámite indispensable y de sencilla resolución a través del cual obtendrás el NIT necesario para cumplir con tus obligaciones fiscales.